Tipos de arras: diferencias entre penitenciales, confirmatorias y penales

El contrato de arras asegura la compra de una vivienda, pero según las palabras exactas que utilices, las consecuencias de echarse atrás cambian por completo.

Información general. No es asesoramiento legal.

1. Arras Penitenciales

Art. 1454 del Código Civil

Son las más habituales y las únicas reguladas expresamente en el Código Civil. Permiten a cualquiera de las partes desistir del contrato de forma legal: si desiste el comprador, pierde el dinero entregado; si desiste el vendedor, debe devolver el doble.

2. Arras Confirmatorias

Representan un anticipo del precio de compra. No permiten desistir libremente del contrato. Si una parte se echa atrás, la otra puede exigir en el juzgado el cumplimiento del contrato o una indemnización por daños y perjuicios.

3. Arras Penales

Establecen una indemnización fija en caso de incumplimiento. El dinero entregado se pierde como penalización directa, pero la parte cumplidora todavía conserva el derecho a exigir la ejecución forzosa de la compraventa.

4. El criterio de los tribunales

Si el contrato no cita expresamente el artículo 1454 del Código Civil ni indica claramente que son arras "penitenciales", la jurisprudencia del Tribunal Supremo determina que se interpretarán como arras confirmatorias.

Preguntas frecuentes

Comprueba el tipo de arras de tu contrato

Analiza tu borrador de contrato de arras para confirmar si te permite desistir de forma segura o si te expone a demandas judiciales.

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